
El semanario.
Largo y sinuoso camino
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La segunda parte de la charla “Las contiendas de Proceso” (FIL Guadalajara, 2008) corrió a cargo del periodista Jorge Carrasco Araizaga, “licenciado en periodismo por la UNAM y con el master de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid/El País. Entre 2002 y 2003 escribió la columna “De interés nacional” en el periódico El Financiero, dedicada a asuntos de seguridad. De 1998 a 2001 fue reportero en el periódico Reforma. Entre 1993 y 1994, lo fue también para el diario El Economista.
Como corresponsal de la agencia de noticias Notimex en Chile, cubrió el periodo de transición democrática en ese país entre 1989 y 1991. Estuvo a cargo de la oficina de prensa del Centro de Información de la ONU en México entre 1994 y 1996. Es coautor del libro Los suspirantes, publicado por la editorial Planeta en 2005.
Las palabras íntegras de Carrasco Araizaga, a continuación: “Las contiendas de Proceso bien podrían caer en el lugar común de lo que escribieron Lennon y McCartney hace ya algunos años cuando se refirieron al ‘largo y sinuoso camino’. Así han sido las demandas en las que ha estado involucrado Proceso y, en particular, la de la señora Marta Sahagún, y la relacionada con las boletas de los comicios electorales de 2006 que seguro aún tomarán un buen tiempo.
Tal y como lo dijo el director de la revista, Rafael Rodríguez Castañeda, estamos involucrados en dos clases de demanda: una, en las que nosotros somos los sujetos demandados y acusados de dañar la moral de personas, por cierto, todas ellas de la vida pública; y dos, en las que nosotros quisimos estar, como la de Marta Sahagún o Eduardo Bours, personajes que se han sentido ofendidos por el ejercicio de la libertad de información y de expresión en México por parte de Proceso. Ese es el planteamiento fundamental detrás de las demandas de carácter civil en las que el poder en México, no acostumbrado al escrutinio ni a la rendición de cuentas efectiva, arremete contra los periodistas.
La línea histórica en Proceso ha sido la de la embestida del poder hacia la revista que precisamente nació como resultado de la embestida del gobierno de Luis Echeverría en contra del periódico Excélsior de donde sale un grupo de periodistas, encabezado por don Julio Scherer, y crean la revista en noviembre de 1976. La historia de Proceso desde ese entonces, ha estado marcado por la embestida en el poder. En el régimen autoritario del PRI, digamos que era comprensible entre comillas la actitud de este régimen. Con el foxismo, con el panismo precisamente, no ha sido diferente. Si en 1976 viene este golpe; en 1982 viene el boicot publicitario; y en 2005, la demanda de Marta Sahagún sintetiza estas agresiones del poder propias del régimen autoritario.

Carrasco Araizaga.
Las batallas son una forma de vida
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En los países plenamente democráticos es inconcebible que un gobernante demande a la prensa o a algún periodista por daño moral. Y no porque lo periodistas seamos intocables. Sin duda que hay responsabilidades en el ejercicio periodístico y límites a la libertad de expresión. A eso nosotros no nos oponemos ni lo negamos. Pero la demanda de Marta Sahagún es una clara violación al ejercicio de dos garantías constitucionales: libertad de expresión y libertad de información claramente estipuladas en los artículos sexto y séptimo de la Constitución.
Con esa concepción que forma parte de nuestra conducta y que si bien no nos la planteamos todos los días —pero sí que es parte de lo que tenemos en el horizonte como periodistas— fue que, en nombre de la sociedad y en nuestro ejercemos como periodistas, Proceso decidió publicar un texto de evidente interés público, como fue la anulación del enlace religioso de Marta Sahagún con Manuel Bribiesca. Esta información, en estricto sentido, no era novedosa porque ya Proceso, en 1991, y la propia Olga Wornat en 2003 había publicado el libro La Jefa donde da cuenta, con mucho más detalles, de los argumentos que ofreció Marta Sahagún para anular su matrimonio con Bribiesca. En noviembre de 2005, Olga le ofrece a Proceso un texto actualizado sobre esta demanda de nulidad, y cuando lo publicamos en febrero, no ocurrió nada. Pero hay un dato significativo. Olga Wornat, en abril del mismo año, publicó otro libro y Proceso también dio un adelanto de él. Se llamaba Crónicas malditas de un México desolado. En ese libro, Olga Wornat se refirió a los negocios de los hijos de Marta Sahagún y esta referencia desató un verdadero escándalo que seguro ustedes tienen registrado como opinión pública. Marta decide, entonces, emprender la demanda por daño moral contra Proceso, obviamente para desviar la atención que estaba centrada en esos momentos en los hijos, se acordó que nosotros habíamos publicado en febrero la historia de la nulidad de su matrimonio. Y por cierto, en la resolución del tribunal eclesiástico se decretó algo que yo todavía no alcanzo a entender. La Iglesia católica dijo que el matrimonio de Marta Sahagún con Manuel Bribiesca sencillamente no existió.
Cuando empieza la demanda, entonces, fue todo un año de presión y agresiones de parte de Marta Sahagún al juez de primera instancia. La demanda, como una instancia civil, quedó radicada en un juzgado del Distrito Federal y el pobre juez, durante más de un año, fue sujeto de fuertes presiones por parte de Marta Sahagún a través del equipo de abogados que la estaba defendiendo. Finalmente, nosotros fuimos demandados en mayo. En octubre del siguiente año, el juez falla en contra de Proceso y en contra de Olga Wornat. Nos responsabiliza de daño moral con el argumento de que maquinamos, de que nos confabulamos, para dañar la intimidad de Marta Sahagún.
Obviamente, nosotros no nos quedamos en esa instancia porque el juez no quiso aceptar una serie de pruebas que jugaban en nuestro favor, como, por ejemplo, las declaraciones de Vicente Fox respecto a las ‘faldas’ de la señora Marta para demandar a la revista y a Olga Wornatt. Una frase que queda en los anales de la relación prensa-poder, así como la de ‘no pago para que me peguen’, fue la de Vicente Fox cuando mencionó que si nos preguntábamos por el cambio, este venía desde la presidencia de la República porque desde allá se apoyaba y reconocía que la señora Marta ‘tuvo faldas’ para demandar a la prensa que difama.
El juez nunca quiso aceptar esa declaración de Vicente Fox como una prueba de algo que nosotros hemos sostenido en todo momento: que la demanda de Marta Sahagún, aún cuando la haya presentado como una ciudadana en lo particular, siempre tuvo características peculiares. Esto lo digo basado, por ejemplo, en la manera en que ella llegaba al juzgado: por supuesto, protegida por el Estado Mayor Presidencial; en esos momentos, eran ellos quienes tomaban el control de los juzgados y no había acceso a la oficina del juez. Aún cuando Marta decía que había acudido a los tribunales en su calidad de ciudadana, el juez evidentemente estuvo sometido a fuertes presiones. A partir de irregularidades o debilidades por parte del mismo, nosotros logramos que una instancia superior, la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, revirtiera el fallo, es decir, que encontrara serias inconsistencias y, por lo tanto, decidiera que Proceso no era responsable de daño moral.

El detonante.
Los negocios de los hijos de Sahagún
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Un argumento fundamental y clarísimo que dieron los magistrados de la sala fue que, tratándose de personajes públicos, la vida privada puede ser cuestionada, sobre todo cuando estas personas se encargan de exhibirla, y como en el caso de Marta Sahagún, la utilización de su vida privada era parte de su estrategia política, a todas luces los magistrados concedieron la razón a Proceso. Decidieron que nosotros no estábamos invadiendo la intimidad de Marta Sahagún, sino que había sido ella misma quien abrió las puertas de su recámara; que fue ella misma la que mostró a la prensa el ultrasonido de su nuera donde aparecía su nieto, Vicentillo III, y que luego dicho ultrasonido fuera publicado por el periódico Reforma. En la justicia del DF, pues, ganamos la demanda.
Pero luego de que el juez de primera instancia le dio la razón a Marta; que nosotros lo impugnamos y que los magistrados sostuvieron que no había razón de aquella demanda, Marta evidentemente se inconforma y va a la siguiente instancia que acude a la justicia federal en busca de un amparo en contra de la resolución de los magistrados y esto se vuelve un asunto mayor. Aquí ya estamos hablando de un conflicto clarísimo entre el ejercicio de derechos y de garantías constitucionales versus la vida privada de personajes públicos. Y digo que este es un asunto tan delicado que los magistrados del tribunal colegiado que lo llevan, en febrero de 2009, cumplirán dos años desde que Marta Sahagún solicitó este amparo, sin que se haya resuelto el caso.
Aquí hay una peculiaridad muy interesante. Este Tribunal Colegiado está integrado por tres magistrados. De estos tres, dos de ellos son viejos conocidos de la revista: el magistrado Mauro Miguel Reyes y el magistrado Leonel Castillo, quienes formaron parte de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que dictaminó, y no que calificó, el triunfo de Felipe Calderón en 2006. Casualidades del Poder Judicial, yo no lo sé, pero al final coincidimos nuevamente con ellos porque nosotros le dimos una amplia cobertura a la manera en que el Tribunal Electoral dictaminó el triunfo de Felipe Calderón.
Esto me lleva a la segunda demanda importante en la que nosotros quisimos estar en función de los derechos constitucionales, pero también, como ya lo planteó el director, en ejercicio y tutela de un derecho humano fundamental que es el del acceso a la información. Lo que nosotros estamos planteando es el acceso a los paquetes electorales. Nuestra petición al IFE, a través de la Ley de la Transparencia, fue el acceso a los paquetes electorales de la elección presidencial en los que se incluyan los votos válidos, los votos nulos y las boletas inutilizadas, es decir, el paquete completo. El IFE, como autoridad administrativa, nos rechaza la petición y fue por eso que el director de la revista se ampara ante esta decisión administrativa. La juez que resuelve el caso lo hace en menos de 24 horas diciendo que se trata de un asunto electoral. Y en materia electoral, de acuerdo con la doctrina jurídica mexicana, el amparo no procede para asuntos electorales y, por lo tanto, lo desechó.
Obviamente, recurrimos esa decisión de la juez y el caso es llevado a un Tribunal Colegiado, es decir, una nueva instancia superior. El asunto les quema las manos y dijeron ‘no le entramos’ y pasa a la Suprema Corte de Justicia. Ahí se encontraba un ministro, Mariano Azuela Güitrón, ex presidente de la Suprema Corte e hijo de Mariano Azuela. Este ministro tomó el caso y en una decisión a la que no le quería dar mucho eco, en una instancia inferior de la Suprema Corte decidió que el caso no era electoral y, por tanto, no valía la pena y había que rechazarlo. Otro ministro, por fortuna, se opuso y logró que el asunto no sólo quedara radicado en la Suprema Corte sino que, posteriormente, ahí se discutiera el tema. Dicha discusión acabó en un empate que se definió finalmente con el voto del ministro presidente y fue un fallo contrario también con el argumento de que tratándose de asuntos electorales, los ciudadanos no pueden ampararse.
Esto es parte de la lucha jurídica que está dando Proceso. En materia electoral, sólo los partidos políticos y las autoridades pueden impugnar decisiones de la autoridad administrativa o judicial. En nuestro caso, y he aquí la razón de nuestro ejercicio periodístico, pedimos acceso a los paquetes electorales como ejercicio del derecho al acceso de información, pero en materia electoral y esto, dice la legislación mexicana y las autoridades, no se puede. Nosotros estamos considerando que es algo que se tiene que definir, que el legislador tiene que modificar y la vía que estamos usando para seguir dando la lucha es la Comisión Interamericana que nos dio la razón en las medidas cautelares. Esto ha sido un gran logro porque nunca antes había ocurrido algo así, en todo el continente americano, en relación con libertad de información y libertad de expresión. Todavía se va a llevar un tiempo para que se resuelva el tema de fondo. Pero lo que nosotros pretendemos es que se respete el ejercicio a la información por parte de los ciudadanos porque la elección, jurídicamente, ya está sancionada”.
Es el director del semanario, Rafael Rodríguez Castañeda, quien interviene de nuevo con el objetivo de cerrar la charla: “Para Proceso, las batallas son una forma de vida. No son algo inesperado o circunstancial. Estamos habituados a ello. No nos arredra la fuerza del poder público, ni la de intereses privados que nuestro trabajo eventualmente pudieran afectar. De eso se nutre Proceso. Su sangre es el hecho de confrontarnos no sólo hacia el exterior, sino inclusive hacia al el interior. Proceso es una revista que se hace, en buena medida, dentro de cierta polémica interna respecto a la manera en que manejamos los asuntos. De hecho, podemos afirmar que las batallas que hacemos son cada semana, la que concluye con el resultado que llega de nuestros lectores como respuesta al esfuerzo de reporteros, investigadores, editores para desentrañar la compleja trama de la vida pública de nuestro país. Y son ustedes, nuestros lectores, quienes juzgan si gana o pierde esa batalla semanal que tiene como objetivo brindar información más objetiva, más crítica, más intransigente. Esto nos ha llevado a ejercer un periodismo sin concesiones con el fin de convertirnos en lectura imprescindible. Esa es nuestra meta: que ustedes, ‘masoquistamente’, no puedan privarse de Proceso cada domingo”. E4 |