
Hernández Haddad. Nadie puede ser beneficiario de su propio dolo
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El secretario general del PRI, José Francisco Ruiz Massieu, cayó abatido por la bala que Daniel Aguilar Treviño le disparó al cuello, el 28 de septiembre de 1994, seis meses después del asesinato de Luis Donaldo Colosio.
Mucho se ha escrito sobre el homicida: que actuó forzado por grupos de poder o que simplemente hizo el trabajo por dinero, a sangre fría. Lo cierto es que Aguilar Treviño está en la cárcel junto con Carlos Cantú Narváez y Fernando Rodríguez, ex secretario técnico de la comisión que presidía el diputado tamaulipeco Manuel Muñoz Rocha.
También estuvo encarcelado Raúl Salinas de Gortari, hermano del ex presidente Carlos Salinas, quien después de una década fue declarado inocente y puesto en libertad.
Hasta hace poco, el crimen contra Ruiz Massieu contaba todavía con otra ruta para llegar a la verdad: localizar y capturar a Muñoz Rocha, presunto copartícipe del homicidio.
Tras el asesinato del secretario general del PRI —ex cuñado de los Salinas—, Muñoz Rocha desapareció de la escena política y del país. Muchos lo dieron por muerto ¿Realmente murió o permanece oculto para evadir la justicia?
Lo último que se supo de él fue por el entonces cónsul de México en San Antonio, Texas, Humberto Hernández Haddad. Autoridades norteamericanas le notificaron haberlo visto el 19 de octubre de 1994 en la ciudad.
Sin embargo, el tiempo favoreció al protegido de Raúl Salinas. Si aún vive, Muñoz Rocha podría regresar al país sin temor a ser apresado. La orden de aprehensión por homicidio calificado girada en su contra acaba de prescribir, lo mismo —informa— que la librada contra los funcionarios de la Presidencia que transfirieron cientos de millones de pesos de la partida secreta a las cuentas personales de los hermano Salinas de Gortari.
Espacio 4 entrevistó a Hernández Haddad —doctor en derecho, consultor, ex senador del PRI por Tabasco y colaborador en algunos medios de comunicación—, quien desde el consulado le siguió la huella a Muñoz Rocha.
En la charla advierte que sin estado de derecho, México irá directo a la antesala de los estados fallidos, los cuales serán, en el futuro, la principal amenaza para los Estados Unidos. Por esa razón, la Casa Blanca nombró a Carlos Pascual como embajador en nuestro país, explica.

Muñoz-Ruiz.
El eslabón y la víctima
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¿Qué implica la prescripción de la orden contra Muñoz Rocha?
Muñoz Rocha, miembro de la LV Legislatura federal, compartió curules con Diego Fernández de Cevallos, Fernando Gómez Mont y Felipe Calderón. Fue visto por agentes del Departamento de Justicia de los Estados Unidos en la ciudad de San Antonio, Texas, la mañana del 19 de octubre de 1994. Toda esa información está documentada en un expediente judicial. La información se radicó en la Corte Federal de San Antonio ante el magistrado John Primomo. Los agentes del caso declararon esto bajo juramento. El mismo día que el consulado general de México —entonces a mi cargo— recibió la información, la transmitió al secretario de Relaciones Exteriores y al procurador general de la República mediante oficio foliado y número de expediente.
Sobre el tema emití ciento veinte informes consulares y en total se desahogaron cuarenta audiencias con el magistrado Primomo. Fiscales y agentes federales del Departamento de Justicia declararon poseer una investigación que identificaba a Manuel Muñoz Rocha como el eslabón clave en los asesinatos de Luis Donaldo Colosio y José Francisco Ruiz Massieu, y que el diputado se encontraba bajo la protección del mismo grupo que ordenó esos dos asesinatos ocurridos en México.
Para que no hubiera duda sobre la importancia del asunto y en virtud de que la Cancillería no contestaba mis informes —en respuesta recibí, muchos meses después, insultos y amenazas de José Ángel Gurría, secretario de Relaciones Exteriores de Zedillo—, pedí a la Corte Federal de San Antonio copias de las dos mil 063 fojas de los expedientes SA94-CR516M y SA94-CR377. Las entregué a la PGR y les dije: “En auxilio procesal de esta representación social de la Federación y en mi carácter de ex cónsul general de México en San Antonio agraviado y ofendido por estos hechos, lastimado y lesionado por la conducta dolosa de los servidores públicos que han encubierto estos hechos, les entrego la copia de los expedientes para que puedan desahogar la investigación”.
Quien vaya a la Corte Federal de San Antonio, ubicada a cuatro cuadras del Consulado General de México, puede pedir el expediente y consultarlo. Ahora tienen un sistema de vigilancia especial porque hace tres años una persona, procedente de la Ciudad de México, trató de destruirlo. Quien se acredite puede acceder a él con la presencia de un guardia y una cámara de video vigilancia. Sin embargo, para mayor comodidad, es posible pedir una copia pagando el importe correspondiente.
Han pasado los años y veo que el Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito declaró libre de todo cargo penal al ingeniero Manuel Muñoz Rocha. La sentencia es absolutoria y queda prescrita toda imputación penal en su contra.
Sobre la sentencia definitiva, el Primer Tribunal Unitario dice: “PGR, en tu apelación equivocaste hasta el fundamento jurídico de tus agravios, porque citas artículos del Código Penal Federal relativos a delitos contra la salud y no los correspondientes a este expediente que son por homicidio.” El Ministerio Público de la Federación, la PGR, es un órgano técnico altamente especializado, con juristas de altos vuelos —yo conozco a varios y son de excelencia—. Entonces, me pregunto, ¿cómo es posible que el tribunal, en su sentencia, formule a la PGR la bochornosa reclamación de decirle que se equivocó hasta en la fundamentación de agravios, y los declara inatendibles e infundados? En tales condiciones, el Tribunal falló contra la apelación de la PGR por equivocarse hasta en la invocación de normas penales.
Otra observación, el Tribunal Unitario le dice a la PGR que confirma la sentencia de la juez porque ya pasó el tiempo para declarar la prescripción en el delito de homicidio simple. Pero hay un problema fundamental: se trata de homicidio calificado donde hubo planeación, premeditación, alevosía y ventaja. En prisión hay sentenciados por la misma causa penal y al único que nunca fue detenido se le atribuye la prescripción de la norma punitiva de homicidio simple. Ahí hay una incongruencia y alguien deberá dar una explicación ¿Cómo pudieron llegar a esa conclusión?
He sido miembro del Congreso de la Unión en cuatro legislaturas. Lo primero que debe observarse cuando un legislador federal es llevado a proceso penal, es el fuero. El ingeniero Manuel Muñoz Rocha lo perdió a las doce de la noche del 31 de agosto de 1994, al concluir la LV legislatura.
En su libro La Suprema Corte y la política, Miguel González Avelar estudia a fondo por qué los legisladores federales no pierden el fuero cuando piden licencia. El fuero sólo se pierde cuando hay un juicio de procedencia, popularmente llamado desafuero. Incluso si un legislador se planta una mañana ante la asamblea, sube a la tribuna y dice: “vengo a renunciar a mi fuero”, no lo puede hacer porque no le pertenece, se trata de una potestad que la asamblea tiene como cuerpo colegiado para protegerse de agresiones de poderes externos, no es de un individuo. Sólo la asamblea puede decidir por su voto si se lo quita o no a uno de sus miembros. El autor del prólogo del libro firma: “Coyoacán, DF, enero de 1994, José Francisco Ruiz Massieu”. Curiosamente, quien subió a tribuna en la Comisión Permanente para pedir que se aprobara la licencia de Muñoz Rocha y se permitiera su detención por la PGR, fue el diputado Miguel González Avelar. Siempre me ha quedado la duda de si él escribió el libro, pues entonces hubiera sabido que, jurídicamente, la licencia no permitía la detención de un legislador federal.

Los jefes.
Impunes y siempre en el ojo del huracán
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¿Tiene alguna idea de por qué se da la prescripción en vísperas de las elecciones para renovar al Congreso?
Hay que preguntarle a los panistas, porque todo comenzó con un procurador panista, Antonio Lozano Gracia, durante el mandato de Ernesto Zedillo, y el asunto ha venido a concluir con otro procurador panista: Eduardo Medina Mora Icaza, quienes en el transcurso de quince años, entre 1994 y 2009, como representantes sociales de la federación, entregan por resultado que el asunto quedó prescrito.
¿Qué sucedió con su denuncia ante la PGR?
Obra en expedientes. La opinión pública puede tener acceso a ellos. Basta y sobra con que cualquier ciudadano estudioso del orden jurídico del país consulte la averiguación previa número 4068/DO/97. Es la denuncia presentada por mí como ex cónsul general de México en San Antonio, en contra de José Ángel Gurría, Fernando Antonio Lozano Gracia y varios servidores públicos tanto de la PGR como de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con todo el caudal probatorio que no se sustenta en ninguna hipótesis.
¿Qué fue exactamente lo que denunció?
Con toda claridad, que escondían los 120 informes consulares y las dos mil 063 fojas de los dos expedientes de la Corte Federal del Southern District of Texas, con sede en San Antonio.
¿Si bien ya prescribieron los delitos contra Muñoz Rocha sus denuncias todavía pueden prosperar?
Entiendo que sí. Acabo de ver un tratado jurídico que habla sobre la imprescriptibilidad de los delitos cometido por los gobernantes. No puede prescribir aquello donde el funcionario no se quiso investigar a sí mismo. Regresamos a un principio universal del derecho: nadie puede ser beneficiario de su propio dolo.
Yo denuncié los hechos ante la Procuraduría General de la República. En lo referente a las responsabilidades administrativas, lo hice ante Arsenio Farell Cubillas, titular de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, quien me contestó de inmediato diciendo que había recibido mi denuncia acompañada de cuarenta y ocho pruebas documentales, las cuales estaba turnando al licenciado Eduardo López Figueroa, contralor interno en la PGR. Me mandaron el acuse de recibo donde López Figueroa afirma haber recibido mi denuncia y las pruebas mencionadas.
Entonces fui con la sucedánea de la Secodam, la Secretaría de la Función Pública, y después de varios meses me contestaron que no tenían conocimiento de que el contralor interno de la PGR en esa época haya presentado la denuncia. Como corresponde al elefante blanco de la bien llamada Secretaría de la Defunción Pública, que es una vacilada de dependencia, se quedaron callados.
Así las cosas, las responsabilidades penales fueron denunciadas ante la PGR, las administrativas ante la Contraloría —hoy Secretaría de la Disfunción Pública— y las civiles las hice mediante una demanda por la vía civil federal. El juez de Distrito que conoció del asunto emitió sentencia condenatoria contra Ángel Gurría Treviño y la Secretaría de Relaciones Exteriores, pero como apelaron al Primer Tribunal Unitario en Materia Civil y Administrativa del Primer Circuito, mejoró la sentencia y se les condenó a pagar una indemnización en dinero y a publicar un extracto de la sentencia. Sin embargo, se movieron y encontraron al magistrado “Neófito” López Ramos, quien les dio un amparo para burlar el dictamen.
Indignado por esta absurda resolución acudí ante la Suprema Corte de Justicia para una revisión de amparo directo, que fue turnada a la primera sala. Ahí el primer ponente, Sergio Vals Hernández, confirmó el amparo a favor de Gurría y de Relaciones Exteriores, con el voto de Olga Sánchez Cordero y Jesús Gudiño Pelayo. Aunque dos ministros de la Suprema Corte me dieron la razón en términos no contemplados por mí. Juan Silva Meza y José Ramón Cosío le dijeron a sus tres colegas: “Cuidado, se está cometiendo una grave injusticia y estamos sentando un gravísimo precedente en contra de las garantías constitucionales de los gobernados. La Suprema Corte está para expandirlas no para inhibirlas ni limitarlas y, en este caso, las del cónsul general están siendo atropelladas”. Ambos exploran toda una teoría jurídica en varios ángulos, lo que para mí es motivo de tranquilidad. Muchos amigos dicen que fue un triunfo moral aunque se perdió en el número de votos. De cualquier manera las dos votaciones favorables son suficientes para acreditar ante un tribunal internacional que se cometió una grave violación a la propia Constitución. E4
Estados fallidos, la mayor amenaza
del siglo XXI para los Estados Unidos

Carlos Pascual.
El miedo es el mensaje
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¿Piensa llevar el caso a un tribunal internacional?
Por supuesto, vamos a explorar si resulta ser cierto lo que la PGR alegó ante los tribunales y con lo cual se detuvieron las acciones penales. El alegato de la PGR fue en el sentido de que “el quejoso y denunciante Humberto Hernández Haddad aportó pruebas e hizo denuncias, pero en lo personal no resintió daño en la esfera individual de sus derechos. El daño lo resintió el Estado y la nación, por lo tanto no acreditó el interés jurídico para reclamar”, y les dieron la razón, mandando todo al archivo.
Yo voy a explorar jurídicamente si los mexicanos somos ciudadanos sin Estado, que cuando ocurre un hecho como este no podemos reclamar, por haberle ocurrido el daño al Estado y no al individuo o, dicho de otro modo, ¿acaso el Estado mexicano es un estado sin ciudadanos? Porque la disociación que se pretende hacer entre ambos es absurda, no existe, no puede haber un Estado si no está integrado por los cuatro elementos orgánicos que la teoría general del Estado tiene definidos de manera implícita: territorio, población, gobierno y soberanía. De manera que si va a haber un Estado sin población y sin ciudadanos este deja de serlo.
Por eso quiero prevenir a los estudiantes de las facultades de derecho y las escuelas de jurisprudencia, quienes deben observar esto atónitos, que se trata de algo muy sencillo: si no va a haber estado de derecho están destruyendo al Estado mexicano, y nos están dejando a los mexicanos en la antesala de ser un estado fallido, de eso se trata concretamente.
Carlos Pascual, nacido en Cuba y criado en Estados Unidos, fue un estudiante brillante en la universidad y ya como diplomático convenció al gobierno de la Unión Americana de que la principal amenaza para la seguridad nacional de esa nación durante el siglo XXI serán los estados fallidos. Es el creador de ese concepto geopolítico y es el próximo embajador de Estados Unidos en México.
¿Podría dar un ejemplo de lo que es un estado fallido?
Sí, cuando las instituciones dejan de servir a la seguridad y al bienestar, y se vuelven incluso un peligro para otros países. Queda claro que México debe trabajar a doble turno para evitar caer en esta calificación.
Curiosamente por estos días veo en el periódico Reforma, que el juez décimo segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, acaba de declarar otra prescripción, en la que por un error cometido durante dos días por la PGR quedó prescrita la acción penal contra los hermanos Francisco y Araceli Vázquez Alanís, quienes manejaron los depósitos de cientos de millones de pesos de la partida secreta de la Presidencia de la República, en el gobierno de Carlos Salinas de Gortari y los canalizaron hacia cuentas personales de su familia. Con esta noticia el foro mexicano, la abogacía, las escuelas de jurisprudencia estarán en meditación, en reflexión, porque ahí alguien va corriendo más aprisa que la ley y si eso es así, pues el país completo está en estado de indefensión. E4 |
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“El Departamento de Justicia de EU declaró que identificaba a Manuel Muñoz Rocha como el eslabón clave en los asesinatos de Colosio y Massieu, y que el diputado se encontraba bajo la protección del mismo grupo que ordenó esos dos asesinatos ocurridos en México”
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“Todo comenzó con un procurador panista, Antonio Lozano Gracia, y el asunto concluye con otro procurador panista: Eduardo Medina Mora Icaza, quienes en el transcurso de quince años entregan como resultado que el asunto quedó prescrito”
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“Por un error cometido durante dos días por la PGR quedó prescrita la acción penal contra los hermanos Francisco y Araceli Vázquez Alanís, quienes manejaron los depósitos de cientos de millones de pesos de la partida secreta de la Presidencia de la República en el gobierno de Carlos Salinas de Gortari y los canalizaron hacia cuentas personales de su familia”
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